El autoconsumo solar permitirá a las familias ahorrarse las futuras subidas de la luz.

CONSTRUIBLE - 28/02/2012
Con una legislación adecuada, las familias, las comunidades de vecinos y los municipios españoles podrían ahorrarse desde este mismo año las futuras subidas en el precio final de la electricidad. La inversión necesaria para ello sería de 3.500 euros por familia.
El sector fotovoltaico cree que el “autoconsumo por balance neto” va a ser una auténtica revolución ciudadana y municipal.
Hay dos grandes modalidades de autoconsumo, el individual y el compartido, y con el impulso del Gobierno ambos pueden ser una realidad inmediata en las comunidades de vecinos y en los ayuntamientos españoles, según han expuesto en rueda de prensa Rocío Hortigüela y Antonio Navarro, copresidentes de la Unión Española Fotovoltaica, UNEF, la federación que agrupa a las cuatro asociaciones nacionales del sector.
A su juicio, las placas solares fotovoltaicas están en condiciones de llevar la generación de electricidad a cada casa, y esa capacidad de generar y consumir la propia electricidad, en el domicilio o las proximidades, terminará por modificar sustancialmente el sistema eléctrico español.
Además del ahorro, el autoconsumo reforzaría el papel de las energías renovables en España, un compromiso asumido por el país ante la Unión Europea para 2020. A la vez, gracias a producirse en las inmediaciones (generación distribuida) el autoconsumo solar incrementaría también la eficiencia energética, un aspecto clave porque un 10% de la energía eléctrica total se pierde durante el transporte y la distribución de la energía, con un coste anual de cerca de 2.000 millones de euros para el sistema.
Del mismo modo, al autoproducirse parte de su electricidad, será más fácil que los consumidores tomen conciencia del coste eléctrico y asuman ahorrar energía como un objetivo cotidiano. Y, simultáneamente, el desarrollo de las instalaciones solares individuales y compartidas será un factor de creación prolongada en el tiempo de empleo estable y local.
Energía limpia y autóctona, industria, empleo y ahorro UNEF ha defendido el autoconsumo por balance neto como fórmula idónea para reactivar la industria, apostar por una fuente de energía autóctona, crear empleo y conseguir que los ciudadanos puedan ahorrarse un porcentaje creciente de sus recibos de la luz. Jorge Morales de Labra, miembro de su Junta Directiva, ha presentado el avance de un estudio sobre la viabilidad de las instalaciones y los posibles modelos para promover y acelerar la puesta en marcha del autoconsumo en España.
La opción propuesta se denomina “autoconsumo por balance neto”. En la práctica, supone que los consumidores generan electricidad fotovoltaica, autoconsuman una parte, vuelcan el sobrante generado por ellos a la red, y una parte equivalente a esa energía volcada a lo largo de un año pueden descontársela de su consumo eléctrico convencional en ese mismo periodo.
Morales de Labra subraya que la tecnología permite dos grandes tipos de instalaciones para autoconsumo por balance neto. Las familiares (balance neto individual), y las vecinales y municipales (balance neto compartido). Hasta ahora, en los borradores de la futura regulación, actualmente en trámite, sólo se ha previsto la primera, aunque su grado de desarrollo no la hará plenamente rentable hasta dentro de dos a cuatro años, salvo que se regule adecuadamente.
La propuesta regulatoria que plantea UNEF pasa por eximir de peajes, liberar los tamaños e incentivar fiscalmente las instalaciones de balance neto individual, para conseguir acortar plazos y que sean viables lo antes posible. UNEF recomienda además autorizar ahora las instalaciones compartidas. A los costes del suministro eléctrico de 2012, las instalaciones de autoconsumo compartido ya aportarían un ahorro anual de hasta el 3% este mismo año, porcentaje que se iría incrementando de forma significativa en los próximos ejercicios, por cuanto permitiría ahorrarse las futuras subidas de la luz.
Acelerar el futuro
El experto de UNEF alertó de que la popularización de esta tecnología, la primera auténticamente participativa en la historia del sector eléctrico, puede incentivarse o ralentizarse de muchas maneras. Para incentivarla, considera que el autoconsumo instantáneo debería estar exento de peajes, y la parte volcada a la red debería tener una tratamiento “razonablemente favorable” respecto a los peajes convencionales, al estar muy próxima a los lugares de consumo y emplear la red eléctrica de forma residual. Además, la condición de autoconsumo estaría garantizada por cuanto sólo se salda el equivalente a la energía realmente consumida en la red, evitándose así situaciones donde se busque exportar a la red.
De no llevarse a cabo una regulación adecuada, UNEF considera que la popularización del autoconsumo no se producirá hasta dentro de cuatro años, dependiendo de la irradiación.
La Federación sugiere acelerar los plazos, ya que se dinamizaría el sector, se ayudaría a crear empleo y se incrementaría sustancialmente la eficiencia energética española. Morales de Labra plantea eximir de peajes toda la energía producida por instalaciones familiares, así como liberar el tamaño límite de las instalaciones, para dar cabida a industrias y servicios de mayor tamaño, y establecer incentivos fiscales, como una deducción de las inversiones realizadas en 2012, que se iría reduciendo progresivamente hasta desaparecer en 2016.
Balance neto compartido
En cuanto a las instalaciones compartidas, el experto de UNEF recomienda promover instalaciones medianas en las proximidades de los centros de consumo, tanto en tejados o cubiertas de edificios como en suelo, sin que en ningún caso superen los 5 MW de potencia total, y con un promedio situado en torno a 3 MW.
Estas instalaciones también estarían restringidas al autoconsumo de los usuarios que las comparten, por cuanto deberían estar conectadas a una red distribuidora en baja o media tensión, y a través de una misma subestación de alta/media tensión. De esa forma, además, se garantiza un uso mínimo de la red de distribución.
A precios actuales, el balance neto compartido ya sería rentable sin ningún tipo de ayuda económica e incluso podría aportar un ahorro de hasta el 3% anual para este mismo año. Un autoconsumo fotovoltaico del 60% de la electricidad total consumida por el grupo de usuarios sería el idóneo para optimizar dicho ahorro.
Asimismo, ese grado de cobertura haría posible la aparición de empresas de servicios energéticos para su puesta en marcha, y eliminaría buena parte de las pérdidas del sistema eléctrico español, que acarrean un coste anual de cerca de 2.000 millones de euros. Para incentivar esta modalidad, UNEF sugiere que se permita agregar los contadores de cada grupo de consumidores y determinar el balanceo compartido de sus consumos.


Enlaces externos:
www.unef.es

El Ministerio de Industria abre el trámite de audiencia para la aprobación del Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de los edificios existentes.

ESEFICIENCIA - 09/02/2012 12:00:00
España reacciona ante la reciente denuncia de la Comisión Europea ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por el incumplimiento de la directiva de eficiencia energética y adapta la normativa española. La Secretaría de Estado de Energía anuncia la apertura del trámite de audiencia a los interesados en la elaboración del proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios existentes. Dicho plazo finalizará el día 20 de febrero de 2012 .
Basandose en la Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativa a la eficiencia energética de los edificios establecía la obligación de poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética que incluyera información objetiva sobre las características energéticas de los edificios, con este nuevo RD se pretende favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía mediante la valoración de la eficiencia energética de los edificios.
Novedades del borrador del RD
  • El nuevo RD plantea, a diferencia de las anteriores disposiciones en materia de certificación energética de edificios, que solo se refería a los edificios de nueva construcción y a los edificios existentes que fueran objeto de modificaciones o rehabilitaciones (con una superficie superior a 1.000 m2 y en los que se renueve más del 25 por cien del total de sus cerramientos) el ámbito de aplicación de este nuevo real decreto obliga a que todos los edificios existentes, cuando se vendan o se arrienden, dispongan de un certificado de eficiencia energética.
  • Antes del 1 de enero de 2013 el IDAE pondrá a disposición del público los programas informáticos de certificación de eficiencia energética para edificios existentes exigible para los contratos de compraventa o arrendamiento, total o parcial, celebrados a partir de dicha fecha. Se excluyen ciertos tipos de construcciones abiertas, temporales o edificios y monumentos protegidos oficialmente, edificios industriales y agrícolas, en la parte destinada a talleres o edificios que se arrenden por un periodo inferior a cuatro meses al año.
  • Los documentos para la certificación de eficiencia energética de edificios existentes se registrarán en el Registro general de documentos reconocidos para la certificación de eficiencia energética del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, creado por Real Decreto 47/2007, de 19 de enero.
  • El programa informático de referencia que tiene la consideración de documento reconocido, que será de aplicación en todo el territorio nacional es CALENER. Podrán ser reconocidos otros programas informáticos alternativos y se inscribirán en el Registro referido en el artículo 3 de este Procedimiento básico.
  • El propietario del edificio completo, vivienda o local destinado a uso independiente será responsable de encargar la realización y conservación de la certificación de eficiencia energética del edificio.
  • El certificado de eficiencia energética será suscrito por técnicos que estén en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para la realización de proyectos de edificación o de sus instalaciones térmicas, elegidos libremente por la propiedad del edificio.
Control externo
  • El órgano competente de la Comunidad Autónoma establecerá, el alcance del control externo del proceso establecido en al artículo 5 y el procedimiento a seguir para realizarlo. Este control podrá realizarse por la propia Administración o mediante la colaboración de agentes autorizados para este fin. El órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente dispondrá cuantas inspecciones sean necesarias con el fin de comprobar y vigilar el cumplimiento de la certificación de eficiencia energética de edificios.
  • El certificado de eficiencia energética tendrá una validez máxima de diez años.
Etiqueta de eficiencia energética
  • En relación con la etiqueta energética se estará a lo dispuesto en los apartados 1, 3 y 4 del artículo 11 del Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de los edificios de nueva construcción, aprobado por Real Decreto 47/2007, de 19 de enero.
  • Obligación de exhibir la etiqueta de eficiencia energética. Todos los edificios de titularidad pública o privada que presten servicios públicos a un número importante de personas y con una superficie útil total superior a 1.000 m2, exhibirán de forma obligatoria, en lugar destacado y claramente visible por el público, la etiqueta de eficiencia energética, cuando les sea exigible su obtención.
  • Para el resto de edificios la exhibición de la etiqueta será vluntaria o de acuerdo con lo exija el órgano competente de la CA La etiqueta de eficiencia energética debe ser incluida en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio.
Toda la documentación está disponible en la página web del Ministerio de Industria, Energía y Turismo o en nuestra biblioteca.
El plazo para enviar observaciones al texto será de quince días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOE. Dicho plazo finalizará el día 20 de febrero de 2012 .
Las observaciones al proyecto de Real Decreto se enviarán por correo ordinario a la Secretaría de Estado de Energía del Ministerio de Industria, Energía y Turismo (Paseo de la Castellana, 160, 28071 Madrid) o al correo electrónico: mailto:SGPES@minetur.es